Es la corrección en la inscripción catastral del predio, en los siguientes casos: 1.Errores en la inscripción catastral. 2. Cancelación de doble inscripción de un predio. 3. Cambios que se realicen para mejorar la precisión de la georreferenciación del predio y/o construcciones o edificaciones, o modificaciones producto de la proyección de las bases de datos catastrales a los sistemas de proyección cartográfica definidos por el IGAC.
REQUISITOS
- Solicitud escrita del propietario (terreno), poseedor u ocupante (mejora u ocupaciones) según el caso, debe contener, teléfono, correo electrónico y dirección y ubicación del predio o nombre si es rural, en el que de manera clara exprese lo que se requiere. En caso de actuar a través de una tercera persona, Autorización y/o poder.
- Copia de cedula de ciudadanía del propietario (terreno), poseedor u ocupante (mejora u ocupaciones), si aplica.
- Copia de certificado de libertad y tradición si aplica.
- Copia de la escritura pública, carta venta, acto administrativo o sentencia judicial, si aplica.
- Plano topográfico aprobado por curaduría, acto administrativo y/o sentencia judicial, en donde se observe opcionalmente las coordenadas del predio, si aplica.
- En caso de tratarse de personas jurídicas, allegar Certificado de Existencia y Representación Legal.
TERMINO ESTABLECIDO: 60 días hábiles