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Viernes, 22 de Noviembre de 2024

CONOZCA CINCO DATOS CLAVES SOBRE EL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO EN CÚCUTA

  • Aproximadamente el 70% de los contribuyentes que tienen esta obligación ya declararon y pagaron.
  • Quienes no presenten sus declaraciones este 29 de julio se verán expuestos a sanciones por extemporaneidad.
  • El pago oportuno es esencial para el mejoramiento de la malla vial, de infraestructuras educativas y de salud, y otras acciones que permitan mejorar la calidad de para todos.

San José de Cúcuta, Norte de Santander, 21 de julio de 2022 (@alcaldiacucuta) El próximo 29 de julio se vence el plazo para declarar el impuesto de industria y comercio sin sanciones, por eso, la Alcaldía de Cúcuta les recuerda a los contribuyentes y a toda la ciudadanía cinco datos claves sobre este importante tributo:

  1. ¿QUIENES DEBEN CUMPLIR CON ESTA OBLIGACIÓN?

El impuesto de industria y comercio debe ser pagado por todos los industriales, comerciantes y prestadores de servicios, sean personas naturales o jurídicas, que desarrollen una actividad en el municipio.

En Cúcuta más 24.000 contribuyentes declaran anualmente industria y comercio.

  • ¿CÓMO SE CALCULA ESTE IMPUESTO?

Este impuesto se liquida sobre la totalidad de ingresos ordinarios obtenidos en el año gravable, incluidos los ingresos obtenidos por rendimientos financieros y comisiones.  

  • ¿QUÉ PASA SI TENGO DOS ESTABLECIMIENTOS?

Las personas que tengan dos o más establecimientos a su nombre, SOLO debe presentar una declaración con la totalidad de los ingresos obtenidos. Al momento de diligenciar la declaración podrán citar las placas adicionales.

  • ¿QUÉ BANCOS ESTÁN HABILITADOS?

Las entidades financieras autorizadas para realizar este proceso son Banco de Bogotá, BBVA, Sudameris Davivienda y Banco de Occidente.

  • ¿A DÓNDE VAN ESTOS RECURSOS?

Con lo recaudado por el concepto de industria y comercio, la administración municipal puede desarrollar proyectos para el mejoramiento de la malla vial, de infraestructuras educativas y de salud, y otras acciones que permitan mejorar la calidad de para todos.

ALCALDÍA AL DÍA

El régimen especial en materia tributaria ZESE consagrado en el artículo 268 de la Ley 1955 de 2019 y reglamentado
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