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miércoles, 11 de junio de 2025
10:02:58 p. m.

ALCALDÍA ESTABLECIÓ RUTA DE ATENCIÓN AL HABITANTE DE CALLE PARA 2025

San José de Cúcuta, 30 de abril de 2025 (@alcaldiacucuta). El programa ‘Dando Nueva Vida’ cuenta con una ruta establecida para la atención de la población en condición de calle que acepta de forma voluntaria ser parte de esta oportunidad de cambio liderada por el alcalde Jorge Acevedo.

El primer paso de la ruta de atención consiste en la labor realizada por el equipo interdisciplinario del Departamento Administrativo de Bienestar Social (DABS), que recorre las calles de la ciudad haciendo la caracterización y captación de esta población vulnerable, con la finalidad de incentivarlos a iniciar su proceso de cambio y transformación de vida. Durante estas jornadas los habitantes de calle pueden acceder al servicio de autocuidado y salud, ya que se realizan con el acompañamiento de Imsalud y la Secretaría de Salud.

En un tercer momento, las personas que dicen “sí” al cambio, son trasladadas a los centros de rehabilitación para iniciar su proceso de deshabituación. En estos lugares reciben atención por psicología, trabajo social y se suplen sus necesidades diarias de alimentación, hospedaje, vestido y demás. Es importante resaltar que, para cada jornada, el DABS habilita un número de cupos en los lugares de readaptación.

Quienes finalizan de forma exitosa su proceso de recuperación, acceden a la fase final, titulada centro de oportunidades, donde reciben capacitaciones en habilidades blandas y apoyo para la reinserción a la vida laboral. De los más de 100 casos de éxito de esta estrategia, 50 exhabitantes de calle han recibido un incentivo económico para iniciar con su emprendimiento y tener más oportunidades.

Esta labor que adelanta la administración municipal exige gran compromiso, ya que no se obliga a ningún ciudadano a abandonar las calles. Se realiza un proceso de sensibilización con cada uno, invitándolo a iniciar el proceso. Este ciudadano puede escoger si se anima a realizarlo o si continúa en las calles, en el marco de la Ley 1641 de 2013 que establece que “la inclusión de los habitantes de calle a los programas sociales se fundamenta en el consentimiento”.