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lunes, 16 de junio de 2025
08:54:38 a. m.

Concepto Uso Sanitario

  1. DECRIPCIÓN DEL TRÁMITE DE CONCEPTO SANITARIO.

El Concepto Sanitario, es una constancia que la autoridad sanitaria – Secretaria de salud municipal- emite una vez realizada la visita de inspección, vigilancia y control de manera presencial y técnica, a los establecimientos de especial interés sanitario, verificando condiciones higiénico sanitarias propias del funcionamiento del establecimiento y de la actividad desarrollada, de acuerdo con la normatividad vigente.   Los conceptos sanitarios en el marco del Modelo de IVC en Salud Ambiental que se pueden emitir a un objeto de IVC son:

  • Favorable: Se emite cuando el objeto de IVC sanitario obtiene porcentaje de cumplimiento entre el 95 y 100% y su funcionamiento u operación no genera riesgos sanitarios a la salud pública.
  • Favorable con requerimientos: Se emite cuando, el objeto de IVC no cumple totalmente con los requisitos y condiciones sanitarias, pero no representa o constituye un riesgo inminente para la salud pública o la seguridad sanitaria. La calificación del acta se encuentra entre el 50 al 94 % del cumplimiento.
  • Desfavorable: Se emite cuando el objeto de IVC, No cumple con los requisitos y condiciones sanitarias establecidas en el marco normativo sanitario obteniendo una calificación menor o igual a 49% y constituye un riesgo inminente para la salud pública.

2.  A QUIEN VA DIRIGIDO.

Va dirigido a los siguientes establecimientos comerciales:

  • Almacenes de ropa y calzado.
  • Graneros y tiendas.
  • Centros comerciales.
  • Grandes superficies.
  • Restaurantes y bares.
  • Los demás que no sean droguerías y fábrica

3. PASOS PARA REALIZAR EL TRÁMITE.

Las visitas sanitarias por las autoridades sanitarias, se realizan por los siguientes motivos:

  • Programación: Planeación Especifica mediante matriz donde indique las entidades a inspeccionar, la fecha y el funcionario a cargo de dicha inspección.
  • Solicitud del interesado: es la solicitud que realiza el propietario o representante del establecimiento u objeto de IVC, Asociada a peticiones, quejas y reclamos (PQRS) radicados en la secretaria de salud.
  • Solicitud oficial: solicitud realizada por una entidad gubernamental territorial o nacional.
  • Evento de Interés en Salud Pública: evento que se haya presentado en el establecimiento que puede afectar la salud pública.
  • Solicitud de práctica de pruebas/procesos sancionatorios administrativos.

PASOS PARA REALIZAR EL TRAMITE POR SOLICITUD DEL INTERESADO:

  1. Ingresar Pagina Web de la ALCALDIA
  2. Buscar En el Menú “TRAMITES”
  3. Escoger el trámite a realizar :Concepto Sanitario

ICONO “CONCEPTO SANITARIO”

Nota: Aguas de Consumo Humano  : La solicitud o la necesidad del trámite la genera el IDS

  1. Diligenciar formulario de inscripción del establecimiento. Click Aquí
  2. Solicitar visita en nuestro sistema de gestion documental. Click Aquí
    • Para solicitar la visita deberas ingresar usuario y contraseña escoger la opcion pqrs item solicitud y asunto solicitud de Visita

4. TIEMPO ESTIMADO: (3 meses}

5. MEDIO PARA HACER SEGUIMIENTO.

Para hacer seguimiento a tu solicitud ingresa a este enlace. Click Aquí

6. NORMATIVIDAD

La Ley 9 de 1979 en el Titulo IV “saneamiento a edificaciones” en el artículo 156 establece una clasificación de edificaciones que deben cumplir con las condiciones higiénico- sanitarias, los cuales se menciona a continuación.  “ARTICULO 156. Para los efectos del saneamiento de las edificaciones, éstas se clasifican en:  a) Viviendas permanentes;  b) Establecimientos de vivienda transitoria;  c) Establecimientos educativos y cuartelarios;  d) Establecimientos de espectáculo público;  e) Establecimientos de diversión pública;  f) Establecimientos industriales;  g) Establecimientos comerciales;  h) Establecimientos carcelarios;  i) Establecimientos hospitalarios y similares.  PARAGRAFO. Cuando en este capítulo se exprese: edificación o edificaciones, se hace referencia a todos los anteriormente clasificados.”  A su vez la Ley 715 de 2001 en el artículo 44.3.5 menciona lo siguiente: “44.3.5. Ejercer vigilancia y control sanitario en su jurisdicción, sobre los factores de riesgo para la salud, en los establecimientos y espacios que puedan generar riesgos para la población, tales como establecimientos educativos, hospitales, cárceles, cuarteles, albergues, guarderías, ancianatos, puertos, aeropuertos y terminales terrestres, transporte público, piscinas, estadios, coliseos, gimnasios, bares, tabernas, supermercados y similares, plazas de mercado, de abasto público y plantas de sacrificio de animales, entre otros”  Notas Aclaratorias: Cada categoria de objeto de IVC, se encuentra dividida en subcategorias conforme a las diferentes actividades economicas segun el REV 4 CIIU, Ley 9/79 y Ley 715/2001.