POR MEDIO SE ADOPTAN LAS CONDICIONES, TÉRMINOS Y REQUISITOS PARA QUE LOS PRESIDENTES DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA DE DESARROLLO FRONTERIZO DE CÚCUTA, PROPIETARIOS O TENEDORES, PROCEDAN AL REGISTRO DE VEHÍCULOS, MOTOCICLETAS Y EMBARCACIONES FLUVIALES MENORES DE MATRÍCULA DEL PAÍS VECINO, CUYO MODELO NO SUPERE EL AÑO 2016, QUE AL 19 DE AGOSTO DE 2015 HUBIEREN INGRESADO Y SE ENCUENTREN CIRCULANDO EN LA JURISDICCIÓN DEL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER"