Jueves, 26 de Diciembre de 2024

MUTACION DE CUARTA: REAJUSTE DE AVALUOS

Las que ocurran por el reajuste de los avalúos catastrales de los predios, ya sea por reajuste anual, por el resultado de una revisión de avalúo, así como las autoestimaciones del avalúo catastral.


REQUISITOS REVISION DE AVALUOS:

  1. Solicitud escrita del propietario (terreno), poseedor u ocupante (mejora) según el caso, debe contener: el número predial, teléfono, correo electrónico y dirección del predio o nombre del predio si se ubica en zona rural, en donde de manera clara exprese lo que se requiere. En caso de actuar a través de una tercera persona, Autorización y/o poder.
  2. La solicitud de revisión del avalúo deberá acompañarse de las pruebas que se posea el solicitante que fundamenten las variaciones presentadas por cambios físicos, Valorización, cambios de uso o mercado inmobiliario.
  3. En caso de tratarse de personas jurídicas, allegar Certificado de Existencia y Representación Legal.

TERMINO ESTABLECIDO: 60 días hábiles.

REQUISITOS AUTOESTIMACIONES DEL AVALÚO CATASTRAL

  1. Solicitud escrita presentada por el Los propietarios, poseedores u ocupantes presentarán su auto estimación y suministrarán la siguiente información: nombre e identificación del solicitante, ubicación y dirección del predio o nombre si es rural, número predial, matrícula inmobiliaria (en caso de propiedad), área del terreno, área de construcción y auto estimación del avalúo total del predio, discriminando las condiciones especiales del terreno y construcciones, exceptuando los inmuebles sometidos a propiedad horizontal.
  2. Copia de la matrícula inmobiliaria si aplica.
  3. En caso de tratarse de personas jurídicas, allegar Certificado de Existencia y Representación Legal.

TERMINO ESTABLECIDO: 60 días hábiles

Nota: Se debe presentar antes del 30 de junio de cada año ante el gestor catastral, dicha autoestimación no puede ser menor al avalúo catastral vigente y se incorporara al catastro con fecha 31 de diciembre del año en el cual se haya efectuado. La declaración de autoestimación se debe acompañar de las pruebas
relacionadas en la normatividad vigente y que sean fundamentadas por cambio físico, valorización, cambios de uso o mercado inmobiliario.

ALCALDÍA AL DÍA

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