Licencia de Funcionamiento para Establecimientos Educativos Privados
1. Descripción del Trámite
Reconocimiento mediante el cual se autoriza la apertura y operación de un establecimiento educativo privado promovido por particulares para prestar el servicio público de educación formal en los niveles de preescolar, básica y media en la ciudad de Cúcuta.
2. ¿A quién va dirigido?
Ciudadanía en general.
3. Pasos para realizar el trámite
- Ingresar a la página web de la Secretaría de Educación Municipal de Cúcuta.
- Buscar el Sistema de Atención al Ciudadano “SAC”.
- Registrarse en el aplicativo.
- Escoger el trámite a realizar: Radicar PQRSD.
- Diligenciar el formulario de PQRSD.
Adjuntar los siguientes documentos:
- Solicitud escrita dirigida a la Secretaría de Educación del Distrito (original y copia).
- Proyecto Educativo Institucional (PEI) conforme a lo establecido en los Decretos 1860 de 1994 y 3433 de 2008, que incluya:
- Nombre de la institución.
- Fines de la educación.
- Proyección de la oferta educativa.
- Lineamientos del currículo y plan de estudios.
- Organización administrativa, cargos y perfiles del personal.
- Medios educativos y recursos pedagógicos.
- Descripción de la planta física y dotación básica.
- Propuesta de tarifas.
- Formularios de autoevaluación.
- Copia de la licencia de construcción o documento de idoneidad del inmueble emitido por la autoridad urbanística municipal.
- Concepto de uso del suelo emitido por el Departamento Administrativo de Planeación Municipal (copia).
- Concepto sanitario favorable y vigente o acta de visita (original y copia).
- Plan de prevención y atención de emergencias y desastres.
- Copia de la cédula de ciudadanía (si el titular es persona natural).
- Certificado de existencia y representación legal, y copia de la cédula de ciudadanía (si el titular es persona jurídica).
- El representante legal deberá atender visita técnica para verificación de condiciones administrativas, físicas y pedagógicas según el artículo 46 del Decreto 1860 de 1994.
- Cumplir con los requerimientos adicionales que puedan ser informados mediante oficio.
4. Tiempo estimado
180 días hábiles.
5. Medio para hacer seguimiento
Ingresar al SAC desde la página web de la entidad y consultar el radicado con el número asignado.
6. Normatividad
- Ley 115 de 1994 – “Por la cual se expide la ley general de educación”, artículos 138 y 193.
- Decreto 1075 de 2015 – Artículo 2.3.2.1.2 (Licencia de funcionamiento).
- La licencia de funcionamiento es un acto administrativo que autoriza la apertura y operación del establecimiento educativo privado, especificando:
- Nombre y razón social del titular.
- Número de identificación DANE.
- Nombre del establecimiento educativo.
- Ubicación de la planta física.
- Niveles, ciclos y modalidades ofrecidas.
- Número máximo de estudiantes a atender.
- Tarifas de matrícula y pensión para el primer año.
7. Costos
N/A