Miércoles, 11 de Diciembre de 2024

‘PICO Y CÉDULA’, NUEVA MEDIDA ADOPTADA PARA EVITAR AGLOMERACIONES, POSIBLES CONTAGIOS Y PROPAGACIÓN DE LA COVID-19 EN CÚCUTA

El alcalde Jairo Yáñez continúa adoptando medidas que permitan salvaguardar a la ciudad y sus habitantes de un posible contagio masivo con coronavirus (COVID-19), lo que conllevaría no solo a un colapso del sistema de salud regional, sino a una crisis sin precedentes a nivel social, económico y político.

En ese sentido, y en consonancia con las medidas adoptadas por varios mandatarios locales en el país, el alcalde Yáñez expidió el Decreto N. 117 del 04 de abril de 2020, “por medio del cual se establece transitoriamente en el municipio de Cúcuta el sistema de ‘Pico y Cédula’ para la realización de compras en supermercados y tiendas, así como para cobros de auxilios, subsidios y similares; también, para la utilización de los servicios bancarios, incluidos cajeros automáticos, y se fija un horario para la atención al público en los establecimientos que presten esos servicios, todo esto con la finalidad de aumentar la prevención y evitar el riesgo de contagio y/o propagación del coronavirus (COVID-19) en el municipio de Cúcuta”.

Así las cosas, a partir de esta noche a las 00:00 horas, y hasta que cese el periodo de aislamiento preventivo obligatorio decretado por el presidente de la Republica (13 de abril), el ‘Pico y Cédula’ será obligatorio en el municipio de Cúcuta para todos los habitantes que quieran realizar las siguientes actividades:

1. Compras en supermercados y tiendas, así como para todos los demás establecimientos dedicados a la venta de víveres y demás elementos alimenticios.

2. La utilización de los servicios bancarios, retiros, pagos y similares tanto en los establecimientos bancarios, como en los cajeros automáticos y demás centros de pagos destinados al recibo y recaudo de cobros de toda naturaleza.

3. La realización de cobros de auxilios, subsidios y similares, en establecimientos bancarios y centros de acopio y pago autorizados para tal efecto.

4. El recibo y envío de giros y mercancías en establecimientos legalmente autorizados para tal efecto.

5. Centros de pagos de telefonía celular y servicios similares.

El orden del ‘Pico y Cédula’ será el siguiente:

DÍA

PODRÁN SALIR LAS CÉDULAS

TERMINADAS EN:

Lunes

1 – 2

Martes

3 – 4

Miércoles

5 – 6

Jueves

7 – 8

Viernes

9 – 0

Los sábados y domingos habrá restricción total, es decir, no podrá salir ninguna persona a hacer las actividades anteriormente mencionadas. Sin embargo, si en los hogares se llegase a necesitar algo, podrán pedirlo a domicilio, pues las personas que prestan este servicio sí podrán transitar.

Además, se estipuló que las compras o diligencias anteriormente descritas, deberán hacerlas una solo persona por hogar, evitando así que más miembros de una sola familia se expongan en las calles.

Los padres de familia o acudientes que deban recibir el complemento alimentario para consumo en casa del Programa de Alimentación Escolar (PAE), de conformidad con el cronograma de entrega establecido por la Secretaría de Educación municipal, quedan exentos de esta medida.

Durante el tiempo que dure esta medida, en principio hasta el próximo 13 de abril, los establecimientos comerciales que presten los servicios para los cuales fue impuesto el ‘Pico y Cédula’, podrán abrir sus puertas desde las 6:00 a.m. y hasta 6:00 p.m.

En materia de movilidad se mantienen vigentes las excepciones consagradas en el Decreto Presidencial 457 del 22 de marzo del 2020, las contenidas en el artículo 2 de la Resolución 000464 de marzo 18 del 2020 del Ministerio de Salud y las previstas en los Decretos Municipales 108 del 20 de marzo del 2020 y 110 del 23 de marzo del 2020. Los mismos pueden ser consultados a través de los perfiles oficiales de cada una de las dependencias que los han promulgado. En nuestro caso, a través de nuestro perfil en Twitter @AlcaldiaCucuta.

Finalmente, las restricciones estipuladas para el tránsito de toda clase de vehículos y motocicletas se mantienen tal cual como hasta el momento, es decir, los días terminados en número par no pueden transitar vehículos cuyas placas terminen en número par; y los días impares no pueden transitar los vehículos cuyas placas terminen en números impares.

Sabemos que el mantenimiento de estas medidas puede acarrear algún tipo de dificultad en las familias; por eso es importante que se planee muy bien la salida de acuerdo a las posibilidades que este Decreto estipula.

Ver Decreto: 

http://www.cucuta-nortedesantander.gov.co/tema/normatividad

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