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ALCALDE
Jueves, 2 de Mayo de 2024

RECTIFICACIONES CON FINES CATASTRALES

Es la corrección en la inscripción catastral del predio, en los siguientes casos: 1.Errores en la inscripción catastral. 2. Cancelación de doble inscripción de un predio. 3. Cambios que se realicen para mejorar la precisión de la georreferenciación del predio y/o construcciones o edificaciones, o modificaciones producto de la proyección de las bases de datos catastrales a los sistemas de proyección cartográfica definidos por el IGAC.


REQUISITOS

  1. Solicitud escrita del propietario (terreno), poseedor u ocupante (mejora u ocupaciones) según el caso, debe contener, teléfono, correo electrónico y dirección y ubicación del predio o nombre si es rural, en el que de manera clara exprese lo que se requiere. En caso de actuar a través de una tercera persona, Autorización y/o poder.
  2. Copia de cedula de ciudadanía del propietario (terreno), poseedor u ocupante (mejora u ocupaciones), si aplica.
  3. Copia de certificado de libertad y tradición si aplica.
  4. Copia de la escritura pública, carta venta, acto administrativo o sentencia judicial, si aplica.
  5. Plano topográfico aprobado por curaduría, acto administrativo y/o sentencia judicial, en donde se observe opcionalmente las coordenadas del predio, si aplica.
  6. En caso de tratarse de personas jurídicas, allegar Certificado de Existencia y Representación Legal.

TERMINO ESTABLECIDO: 60 días hábiles

ALCALDÍA AL DÍA

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