REPORTE DEUDORES MOROSOS ALCADIA DE CUCUTA – NOVIEMBRE 2026

En cumplimiento de lo establecido en el parágrafo 3.º del artículo 4.º de la Ley 716 de 2001, modificado por el artículo 2.º de la Ley 901 de 2004; el numeral 5.º del artículo 2.º de la Ley 1066 de 2006, y los parámetros establecidos en la Resolución 037 del 5 de febrero de 2018 de la Contaduría General de la Nación (CGN), la Alcaldía de San José de Cúcuta, en calidad de entidad pública reportante, debe suministrar a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública la información de los deudores que cumplan las condiciones legales para su inclusión en el Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME).

De conformidad con la normatividad aplicable, podrán ser incluidos en el BDME los deudores cuyas obligaciones superen los cinco (5) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMMLV) y presenten una mora superior a seis (6) meses, así como aquellos que hayan incumplido acuerdos de pago celebrados con las entidades públicas, conforme a las disposiciones legales correspondientes.

Para evitar la inclusión en el BDME o gestionar el retiro del registro, según corresponda, los contribuyentes podrán realizar el pago total de las obligaciones pendientes o suscribir un acuerdo de pago ante la Secretaría de Hacienda de la Alcaldía de San José de Cúcuta, de acuerdo con las condiciones establecidas por la Administración Municipal.

La Secretaría de Hacienda invita a los contribuyentes a consultar el estado de sus obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial Unificado e Impuesto de Industria y Comercio (ICA), y a adelantar los trámites correspondientes para normalizar su situación tributaria.

Consulte aquí el estado de sus obligaciones tributarias:

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