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ALCALDE
Lunes, 4 de Noviembre de 2024

A PARTIR DE HOY, TODOS LOS TRÁMITES CATASTRALES DE CÚCUTA SERÁN ATENDIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

La fase de empalme entre el Instituto Geográfico Agustín Codazzi y la administración municipal finalizó ayer y a partir de hoy, será el municipio quien se encargue de recibir todas las solicitudes en materia catastral de los cucuteños, con el fin de darles trámite oportuno, sin intermediarios.

Jairo Yáñez, alcalde de Cúcuta, expresó que “la administración municipal se compromete a prestar un servicio público eficiente, transparente, cercano a los ciudadanos, sin intermediarios y con una atención oportuna”.

Los ciudadanos que necesiten realizar trámites relacionados con catastro como cambio de nombre, englobes, desenglobes, cambios de uso, entre otros, los cuales se presentaban al Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC, pueden presentarlos ahora en la sede dispuesta para este fin en la Secretaría de Hacienda, ubicada en el Palacio Municipal, en el horario de las 7:00 a.m. a 11:30 p.m. y desde las 2:00 p.m. hasta las 6:00 p.m.

Sin embargo, esta sede será temporal, mientras se terminan de adecuar las instalaciones oficiales de esta dependencia. Una vez listas, se informarán a toda la comunidad.

Por ahora, todas las dudas al respecto también podrán ser resueltas de manera virtual a través del correo catastro@alcaldiadecucuta.gov.co

Este servicio público permitirá facilitar la gestión y las decisiones público privadas y aprovechar el potencial tributario a partir de un catastro oportuno, confiable, interoperable.

PRINCIPALES TRÁMITES CATASTRALES QUE ATENDERÁ EL MUNICIPIO

·         Revisión de avalúo catastral de un predio.

·         Auto estimación del avalúo catastral.

·         Rectificaciones de la Información Catastral.

·         Cambios producidos por la inscripción de predios o mejoras por edificaciones no declaradas u omitidas durante el proceso de formación o actualización del catastro.

·         Incorporación de obras físicas en los predios sometidos o no sometidos al régimen de propiedad horizontal.

·         Englobe o desenglobe de dos o más predios.

·         Cambio de propietario o poseedor de un bien inmueble.

·         Certificado Plano Predial Catastral.

·         Avalúo Comercial.

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