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Viernes, 19 de Abril de 2024

ALCALDÍA ABRE CONVOCATORIA PARA EL CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN

  • La convocatoria se cierra el próximo 7 de septiembre de 2022.
  • De los 13 grupos definidos por la Alcaldía para conformar el CTP, cuatro requieren de un representante.
  • El cargo como consejero territorial de planeación es ad honórem, es decir, no tiene retribución económica.
  • Una de las funciones que tienen los integrantes del CTP es hacer seguimiento y la evaluación de las metas de continuidad, cobertura y calidad consideradas en el plan de desarrollo municipal.

San José de Cúcuta, 1 de septiembre del 2022 (@AlcaldiaCucuta). La Alcaldía de Cúcuta abrió recientemente la convocatoria para proveer los cargos vacantes en el Consejo Territorial de Planeación (CTP) en cuatro de los 13 grupos definidos por el Municipio en este asunto.

Así lo informó, Marcela Rodríguez Camacho, directora del Departamento Administrativo de Planeación Municipal (DAPM), quien aseguró que dentro de los cargos vacantes en el CTP están los representantes de los sectores agrario, comunitario, asociación de profesionales y organizaciones deportivas culturales.

Resaltó que las ternas se recibirán hasta el 7 de septiembre de 2022 por medio físico en Ventanilla Única de la Alcaldía de Cúcuta, o de forma virtual a la dirección electrónica dpto.planeacion@cucuta.gov.co.

El CTP es un órgano clave en el proceso de desarrollo territorial, con una función consultiva de gran importancia y carácter permanente. De igual manera, hay que tener en cuenta que representa a la sociedad civil en la planeación del desarrollo, por mandato de la Constitución Política de Colombia de 1991, en su artículo 340, y las Leyes 152 de 1994 y 388 de 1997.

FUNCIONES

Dentro de las funciones que asumen los representantes de los sectores o grupos en el CTP están el ser partícipe del proceso de formulación del Plan de desarrollo de la respectiva entidad territorial, el seguimiento y la evaluación de las metas de continuidad, cobertura y calidad consideradas en el plan de desarrollo.

De igual manera, para cumplir sus funciones, estos representantes deben conocer el Plan de Desarrollo Municipal, que en este caso es el denominado “Cúcuta 2050, estrategia de todos”. Así mismo, debe presentar un concepto semestral del cumplimiento de las metas del Plan de desarrollo financiadas con recursos del Sistema General de Participaciones y recomendar ajustes en caso de incumplimiento de los compromisos adoptados por la Administración.

¿CÓMO FUNCIONA EL CTP?

Los Consejos Territoriales de Planeación no cuentan con personería jurídica ni poseen autonomía administrativa y patrimonial. Por ello, para garantizar su funcionamiento, la Ley 152 de 1994 estableció que tanto el Departamento Nacional de Planeación como las dependencias equivalentes de las entidades territoriales deben garantizar los recursos requeridos por el Consejo respectivo para realizar su labor.

Así mismo, el cargo como consejero territorial de planeación es ad honórem, es decir, no tiene retribución económica. La autonomía funcional de los Consejos Territoriales de Planeación, como instancia de planeación, está ligada a las condiciones necesarias para atender eficientemente su objeto misional y no al reconocimiento de personería jurídica y presupuesto propio.

En la conformación del Consejo Territorial de Planeación debe tenerse en cuenta la pluralidad de los grupos poblacionales (etnias, jóvenes, profesionales, mujeres); los distintos sectores productivos (artesanos, industriales, productores agrarios, comerciantes, entidades financieras y aseguradoras, microempresarios y empresas y entidades de prestación de servicios); los sectores educativo y cultural y los sectores ecológico y comunitario donde estén debidamente organizados y constituidos.

REQUISITOS

Los postulantes a integrar el Consejo Territorial de Planeación – CTP Cúcuta, deben estar o haber estado vinculado a las actividades del sector o entidad territorial, poseer conocimientos técnicos o experiencia en los asuntos del sector o la localidad, ser parte de una organización que cuente con personería jurídica.

DOCUMENTOS A ADJUNTAR

Es importante que los postulantes presenten la hoja de vida de los candidatos incluidos en cada terna con los respectivos soportes, carta de aceptación de la postulación por parte de los candidatos, carta de la organización postulante en la cual se indique el sector para el cual se presenta la terna, así como la experiencia y/o vinculación de los candidatos con el sector, certificación de la personería jurídica de la organización postulante expedida por la autoridad competente, copia del acta de reunión en la cual se hizo la selección y postulación de la terna, documento explicativo de la representatividad de la institución o instituciones postulantes, datos suficientes sobre la identidad, domicilio y teléfono de las entidades postulantes y de los candidatos.

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