Viernes, 13 de Diciembre de 2024

ALCALDÍA DE CÚCUTA DECRETA MEDIDAS PARA PROTESTA PACÍFICA DE MAÑANA MIÉRCOLES 28 DE ABRIL

•    Desde las 00:00 horas del miércoles 28 de abril y hasta las 06:00 horas del jueves 29 de abril de 2021 se decreta ley seca en Cúcuta; se prohíbe el porte de armas contundentes, cortocontundentes, cortopunzantes y similares, que puedan causar lesiones a la vida e integridad de las personas y queda prohibido el tránsito del parrillero hombre o mujer en motocicleta.
•    El Decreto 143 del 27 de abril de 2021, expedido por el alcalde de Cúcuta, Jairo Yáñez, también exige la toma de medidas de bioseguridad de “todos los participantes del ejercicio de la protesta pacífica del Municipio de Cúcuta”.
•    Se instalará un Puesto de Mando Unificado (PMU) “para la atención y monitoreo de las protestas pacíficas que se desarrollarán el 28 de abril de 2021, con el fin de articular acciones de prevención, seguridad, respeto, gestión y atención de las situaciones que se den en el marco del ejercicio de la protesta pacífica”, según indica el señalado Decreto.


San José de Cúcuta, Norte de Santander, 27 de abril de 2021 (@AlcaldiaCucuta).

 Con el fin de adoptar medidas e impartir instrucciones para que, dentro de las actividades de protesta social, manifestada en la convocatoria de jornada de protestas a nivel nacional, se desarrollen actividades de expresión social y democrática sin desbordar los limites constitucionales y legales, y de tal manera se garantice el derecho a la protesta social, pacífica y sin armas, la Alcaldía de San José de Cúcuta expidió hoy el Decreto 143 de 2021, firmado por el alcalde de la ciudad, ingeniero Jairo Tomás Yáñez Rodríguez.
Entre las medidas adoptadas están: Desde las 00:00 horas del miércoles 28 de abril y hasta las 06:00 horas del jueves 29 de abril de 2021 se decreta ley seca en Cúcuta; se prohíbe el porte de armas contundentes, cortocontundentes, cortopunzantes y similares, que puedan causar lesiones a la vida e integridad de las personas y queda prohibido el tránsito del parrillero hombre o mujer en motocicleta.
Asimismo, teniendo en cuenta el aumento en los casos de Covid-19 y la declaratoria de alerta roja hospitalaria en el departamento, se exige el cumplimiento obligatorio de los protocolos de bioseguridad, con el fin de prevenir y mitigar el riesgo de contagio por coronavirus.
Todos los participantes del ejercicio de la protesta pacífica del Municipio de Cúcuta deberán cumplir con las siguientes medidas de bioseguridad:
USO OBLIGATORIO DE TAPABOCAS. El uso de tapabocas que cubra nariz y boca será obligatorio para todas las personas participantes del ejercicio de la protesta pacífica, independientemente de la actividad o labor que desempeñen. La no utilización del tapabocas dará lugar a la imposición de las sanciones penales previstas en el artículo 368 y 369 del Código Penal, las sanciones establecidas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, así como las demás sanciones a que haya lugar.
DISTANCIAMIENTO FÍSICO: En el desarrollo de las actividades de protesta pacífica las personas deberán mantener el distanciamiento de dos (2) metros entre ellas, con el fin de prevenir y mitigar el riesgo de contagio por Coronavirus – COVID19. Lo anterior, de conformidad con las instrucciones que en detalle definan los protocolos de bioseguridad dictados por las autoridades del orden nacional y municipal.
El Decreto señala que las siguientes personas deberán abstenerse de participar en la protesta pacífica: i). Las que se encuentren en aislamiento domiciliario por tener diagnóstico positivo de COVID-19 o alguno de los síntomas compatibles con el COVID-19; ii). Las personas que, no teniendo síntomas, deben estar en aislamiento domiciliario por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada positiva con COVID-19; iii). Las personas que presenten síntomas de temperatura corporal superior a 38°C (fiebre), malestar general, tos, rinorrea, entre otros.
El Decreto 143 del 27 de abril de 2021 se puede descargar en:
http://www.cucuta-nortedesantander.gov.co/normatividad/decreto-no-143-de-27-de-abril-de-2021

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