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Sabado, 4 de Mayo de 2024

MÁS 170 EMPRESARIOS CUCUTEÑOS HAN DADO EL PRIMER PASO PARA SER UNA ZESE Y APORTAR AL CRECIMIENTO ECONÓMICO DE LA CIUDAD

Gracias a la firma del decreto 2112 de 2019, la ciudad de Cúcuta será beneficiaria del régimen especial en materia tributaria creado por el Gobierno Nacional, mediante el artículo 268 de la ley 1955 de 2019, denominado Zona Económica Y Social Especial (ZESE) , proyecto establecido Dentro del Plan de Desarrollo Nacional como estrategia para atraer inversión a la ciudad, impulsar el empleo formal y por ende disminuir el índice de desempleo que aqueja a los habitantes y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

Por esta razón, la administración municipal a través de la Secretaría de Desarrollo Social y Económico y Banco del Progreso está articulando diferentes estrategias para dar a conocer los beneficios a los cuáles pueden acogerse los empresarios de la ciudad que deseen hacer parte de esta iniciativa.

Quienes hagan parte de las ZESE, pagarán los primeros cinco años en el impuesto de renta 0% y los siguientes cinco años sólo cancelarán el 50% de impuesto de renta y de esta manera obtener un total de diez años de beneficio.

El link habilitado para diligenciar el formulario y optar por el régimen especial es https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-Regimen-Especial-en-Materia-Tributaria-Zona-Economica-y-Social-Especial-Zese-.aspx

QUIEN PUEDE APLICAR AL BENEFICIO

Las empresas que se constituyan en la ZESE, dentro de los tres años siguientes a la entrada en vigencia de la Ley 1955 de 2019. Bajo las actividades económicas definidas así:

-Actividades Industriales

-Actividades Comerciales

-Actividades Agropecuarias

-Servicios de Salud y Turismo

(Artículo 147 Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019).

Las sociedades comerciales existentes y nuevas, deberán tener su domicilio principal dentro del territorio de la ZESE , cumplir con el requisito de empleabilidad, aumentando el promedio de empleo en los dos últimos años en un 15%,  o en caso de ser una empresa nueva, haber generado mínimo dos nuevos empleos.

NO PODRÁN APLICAR

Quienes desarrollen su actividad económica principal o secundaria en forma diferente a la establecida en el decreto, que incumplan con el requisito de generar y mantener el aumento del empleo directo y las que desarrollen negocios jurídicos que sean catalogados como abusos tributarios.

También, habrá una clausula antielusión que determinará cuando exista una fusión entre dos sociedades y una no haya optado al régimen especial, se cobrará la mayor tarifa de renta entre las sociedades participantes.

En los próximos días se realizará la mesa técnica en conjunto con la Dian, la Cámara de Comercio y las entidades financieras para aclarar las dudas que se generen sobre los pagos de la retención en la fuente, el cuál se calculará  de forma proporcional al porcentaje de la tarifa de impuesto sobre la renta de la sociedad. (Artículo 1.2.1.23.2.6 Decreto 2112 de 2019).

El próximo 25 de febrero en la Cámara de Comercio se realizará el primer foro de socialización a empresarios ‘Retos y Oportunidades Decreto ZESE’, asimismo el 5 de marzo se llevará a cabo un encuentro en las instalaciones de la universidad Simón Bolívar y el 6 de marzo en el auditorio de la Fundación de Estudios Superiores Comfanorte (FESC), estos espacios se desarrollarán con el fin de informar a los empresarios cucuteños, acerca de los beneficios y requisitos establecidos para poder acogerse a la iniciativa.


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