San José de Cúcuta, Norte de Santander, 16 de agosto de 2025 (@alcaldiacucuta). En cumplimiento del Estatuto de Ciudadanía Juvenil (Ley 1622 de 2013, reformada por la Ley 1885 de 2018), la Alcaldía de Cúcuta, a través de la Subsecretaría de la Juventud, anuncia la apertura del proceso de elección de las Curules Especiales de los Consejos Municipales de Juventud (CMJ), dirigidas a la representación de comunidades étnicas y población joven víctima del conflicto armado.
“Este proceso es una oportunidad para que nuestras juventudes diversas, en especial las comunidades étnicas y jóvenes víctimas, tengan voz y voto en las decisiones que afectan su presente y futuro. Los invitamos a participar, porque una Cúcuta más incluyente se construye con la fuerza y las ideas de nuestra juventud”, afirmó Yosimar Ramírez, subsecretario de la Juventud.
Cronograma de elecciones
- Convocatoria e inscripciones: 19 de agosto al 8 de septiembre de 2025.
- Publicación de candidatos habilitados: 9 de septiembre de 2025.
- Reclamaciones: 10 al 12 de septiembre de 2025.
- Respuesta a reclamaciones: 15 de septiembre de 2025.
- Asambleas de concertación: 16 al 18 de septiembre de 2025.
- Notificación de curules electas: 19 de septiembre de 2025.
Requisitos generales para la inscripción
Los candidatos deben:
- Tener entre 14 y 28 años.
- Acreditar pertenencia a una comunidad étnica o población correspondiente.
- Presentar propuesta de trabajo y diligenciar el formato de inscripción solicitado a la Subsecretaría de Juventud (subsec.juventud@cucuta.gov.co).
- Anexar la documentación específica según el tipo de comunidad (indígena, afrocolombiana, campesina o víctima de conflicto armado).
Requisitos específicos:
- Comunidades Negra y Afrocolombianas: adjuntar la certificación del registro único de la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas del Ministerio del Interior y/o el certificado de auto reconocimiento que expide la misma dirección – https://sidacn.mininterior.gov.co/DACN/Miembros/ValidarCertificado
- Comunidades Indígenas: adjuntar el certificado de pertenencia étnica ante el Ministerio del Interior:
https://datos.mininterior.gov.co/VentanillaUnica/indigenas/autoridades/certificado y/o certificado de pertenencia a una comunidad indígena asentada en el municipio de san José de Cúcuta expedida por autoridad o cabildo indígena reconocido por el ente territorial. - Organizaciones Juveniles Campesinas: las organizaciones Juveniles Campesinas, que estén legalmente constituidas deberán presentar el certificado que acredite que la organización está activa y quién es su representante legal, expedido por la cámara de comercio:
https://sii.confecamaras.co/vista/plantilla/index.php?empresa=11&cod=00.03.005 - Jóvenes Víctimas del Conflicto Armado: adjuntar copia del Registro Único de Víctimas:
https://www.unidadvictimas.gov.co/es/registro-unico-de-victimas-ruv/37394
Este proceso busca garantizar la participación efectiva de las juventudes en concordancia con los principios de inclusión, representatividad y fortalecimiento de la democracia juvenil.
En el caso de que ninguna comunidad, organización o etnia se inscriba, la representación en el Consejo Municipal de Juventud se declarará desierta por parte del alcalde y así se presentará ante la Registraduría Especial de Cúcuta. Y si ocurre que se inscriba solo un (a) candidato (a) venciendo los tiempos de convocatoria y reclamación, se entenderá que esta persona es el o la representante de la población, etnia o comunidad.
De acuerdo con lo estipulado en la ley, los Consejos Municipales de Juventud son mecanismos autónomos de participación, concertación, vigilancia y control social de la gestión pública, que permiten a las y los jóvenes incidir en las agendas territoriales y fortalecer su desarrollo social, político y cultural.
