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Viernes, 3 de Mayo de 2024

¿LE DEBE AL MUNICIPIO? CONSULTE SI HACE PARTE DE LOS CONTRIBUYENTES QUE FUERON NOTIFICADOS POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA

San José de Cúcuta, Norte de Santander, 5 de junio de 2023 (@alcaldiacucuta). Si alguna vez solicitó un acuerdo de pago con el municipio de Cúcuta, pero incumplió las cuotas o nunca se ha acercado a conocer cuánto adeuda por concepto de impuestos, es importante que sepa que puede estar en el Boletín de deudores morosos del Estado.

Evitando que esto suceda, la Secretaría de Hacienda emitió el listado de contribuyentes que tienen deudas pendientes en su impuesto predial; en esta base de datos reposan alrededor de 11 mil personas.

Para consultar si hace parte de este grupo, solo debe ingresar al https://cucuta.gov.co/reporte-deudores-morosos-alcadia-de-cucuta/ y descargar el archivo adjunto.

Una vez haya verificado que su nombre se encuentra en el listado, puede acercarse a la Subsecretaría de Recuperación de Cartera para buscar las alternativas de pago, ya sea acuerdos de pago o el pago total de su obligación aprovechando el 50% de descuento en intereses moratorios que está vigente durante junio.

Cabe resaltar que este es un llamado definitivo a los contribuyentes, pues el no cumplimiento de esta obligación puede resultar en procesos de cobro coactivo como embargos de cuentas y secuestro de bienes.

¿QUIÉN ME OBLIGA?

Orlando Miranda, Secretario de Hacienda, explicó que la obligación de notificar a los contribuyentes nace primero de la ley 901 de 2004, en la cual se establece que las entidades estatales deben relacionar las acreencias a su favor pendientes de pago permanentemente en forma semestral.

En concordancia con esta norma se encuentra la ley 1066 de 2006 en su artículo 2 numeral 5 que determina reportar a la Contaduría General de la Nación, en las mismas condiciones establecidas en la Ley 901 de 2004, aquellos deudores que hayan incumplido los acuerdos de pagos con ellas realizadas, con el fin de que dicha entidad los identifique por esa causal en el Boletín de Deudores Morosos del Estado.

Así mismo, la resolución 037 de 2018 expedida por la Contraloría General de la República en su artículo 14 y de la ley 1266 de 2008, determina que las entidades que reporten el boletín de deudores morosos deben cumplir con la obligación de comunicar al deudor para que cancele sus obligaciones o pueda controvertirlas.

La administración municipal, desde la Secretaría de Hacienda, pone a disposición de todos sus contribuyentes las diferentes alternativas de pago que facilitan el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

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